Licencias farmacéuticas en Letonia
Revise los límites de las actividades minoristas, mayoristas y de fabricación según las fuentes oficiales verificadas y los puntos pendientes de confirmación.
LetoniaLatvia
Verificación de fuentes públicas2026-10-31
La venta minorista en farmacias, la distribución mayorista, la fabricación y la importación desde terceros países de medicamentos de uso humano en Letonia están reguladas, respectivamente, por la Ley de Farmacia, el Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410 y la Agencia Estatal de Medicamentos (SAM). La autorización de la empresa no sustituye la autorización de comercialización del producto, la autorización para importar/exportar medicamentos sujetos a control ni el registro personal de los farmacéuticos. Este documento ha sido elaborado por Rengangyongsheng (Hong Kong) Limited y explicado por el gerente de negocios Tang Shangyong (Drew Tang). Se proporciona exclusivamente como material de coordinación de proyectos por un tercero independiente; sus autores no son farmacéuticos locales, autoridades reguladoras ni personas que posean de forma generalizada una habilitación profesional local. No garantiza la aprobación, un plazo determinado ni una tramitación acelerada.
Este artículo recopila información sobre asuntos relacionados con las licencias para la comercialización de medicamentos a partir de fuentes públicas locales. La venta minorista, la venta mayorista, la fabricación, el registro de productos, la importación y exportación y las normas locales pueden estar sujetos a requisitos distintos; antes de iniciar un proyecto, compruebe la información frente a los requisitos vigentes de las autoridades competentes.
Comparación rápida de las tres categorías de actividades comerciales
Distinga las vías de autorización según la actividad efectiva. Consulte los capítulos correspondientes y las fuentes oficiales para conocer los requisitos relativos al personal, los establecimientos, los productos y las operaciones transfronterizas.
| Actividad comercial | Ámbito de aplicación | Autoridad competente | Personal clave |
|---|---|---|---|
| Autorización especial para la apertura (explotación) de una farmacia | Las farmacias abiertas (generales) venden medicamentos al público al por menor; las farmacias cerradas solo pueden dispensarlos dentro de centros sanitarios. Los medicamentos sujetos a control, la preparación de medicamentos en farmacia, la venta en línea de medicamentos sin receta, los medicamentos veterinarios y la actividad las 24 horas son condiciones especiales que deben figurar en el anexo de la autorización. | SAM. Para una farmacia general nueva o trasladada, primero se solicita la resolución sobre el emplazamiento y, después, se presenta la solicitud de autorización. | La farmacia está gestionada por un farmacéutico responsable que posee un certificado de cualificación profesional farmacéutica; los farmacéuticos y auxiliares de farmacia que trabajan en ella deben estar inscritos en la Asociación de Farmacéuticos de Letonia. Las farmacias generales constituidas como sociedades deben cumplir una de estas condiciones legales: participación de farmacéuticos en el capital o presencia de farmacéuticos certificados en el consejo de administración. |
| Autorización especial para la distribución mayorista de medicamentos | Actividades de distribución mayorista de medicamentos no dirigidas a residentes, como la adquisición, el almacenamiento, el suministro, el abastecimiento a la UE/el Espacio Económico Europeo y la exportación; la autorización puede especificar condiciones especiales relativas a medicamentos sujetos a control, cadena de frío, preparados inmunológicos, hemoderivados, radiofármacos o gases medicinales. | SAM. Las empresas que ya dispongan de una autorización de distribución mayorista/fabricación expedida por su país de la UE o del Espacio Económico Europeo y entren en Letonia para realizar actividades mayoristas deben seguir la vía transfronteriza de presentación de documentación y obtención de una resolución favorable de SAM, en lugar de considerar que han obtenido automáticamente una autorización local. | Debe contarse con personal que cumpla las normas de distribución de medicamentos y con una persona responsable de las BPD; los requisitos de BPD de la UE exigen que la dirección designe a una persona responsable con las competencias y la experiencia adecuadas y que esté disponible de forma continuada. |
| Autorización especial para la fabricación o importación de medicamentos | Fabricación total o parcial de medicamentos de uso humano o de medicamentos en investigación, e importación procedente de países no pertenecientes a la UE/al Espacio Económico Europeo; también pueden quedar comprendidas determinadas operaciones parciales de fabricación, como el acondicionamiento, el reacondicionamiento o el etiquetado. Los productos cubiertos por una autorización de fabricación/importación pueden distribuirse al por mayor, pero la actividad no puede extenderse a productos ni procesos no especificados en la autorización. | SAM. La solicitud de fabricación/importación debe especificar los productos, las formas farmacéuticas/categorías, los procesos y los lugares de producción y control de calidad; se requiere autorización de fabricación incluso si los productos solo se destinan a la exportación. | El solicitante debe contar de forma permanente con al menos una persona cualificada responsable de la fabricación y el control, cuyas cualificaciones y experiencia cumplan los requisitos reglamentarios; los datos de las personas responsables de fabricación y control de calidad, entre otras, se incluyen en la documentación de la solicitud de autorización. |
Ámbito de aplicación y entidades/inversión extranjera
Esta guía se limita a los medicamentos de uso humano. La preparación, fabricación, importación y distribución de medicamentos son actividades farmacéuticas sujetas a autorización especial o registro; la venta minorista en farmacias, la distribución mayorista y la fabricación/importación son vías distintas. Las farmacias generales pueden ser explotadas por un farmacéutico, por varios farmacéuticos en ejercicio conjunto o por una sociedad de capital; las farmacias constituidas como sociedades deben cumplir una de estas condiciones: participación de farmacéuticos de al menos el 50% o que los farmacéuticos certificados representen al menos la mitad del consejo de administración. Esta norma sobre farmacias no debe extrapolarse como una restricción uniforme de inversión extranjera, capital o forma societaria para empresas mayoristas o fabricantes.
— Los medicamentos veterinarios están regulados por separado por el Servicio Alimentario y Veterinario y las normas de la UE sobre medicamentos veterinarios; las autorizaciones para medicamentos de uso humano no son directamente aplicables.
Instituciones y marco jurídico
El Ministerio de Salud dirige la política sobre medicamentos de uso humano; SAM se encarga de las licencias de empresas farmacéuticas, la reinscripción, la evaluación del cumplimiento en fabricación/importación/venta mayorista y el registro de medicamentos; la Inspección de Salud supervisa la fabricación y distribución. El Reglamento vigente del Consejo de Ministros n.º 410 se publicó el 1/7/2025; la página de actividades de SAM en inglés todavía puede mostrar el antiguo Reglamento n.º 800. Al presentar la documentación, deben utilizarse el n.º 410 y los formularios confirmados por SAM. El registro público de SAM permite consultar empresas autorizadas y licencias suspendidas, pero no sustituye la revisión individual de los anexos de la licencia.
— La Asociación de Farmacéuticos se encarga del registro personal de los farmacéuticos y auxiliares de farmacia que ejercen en farmacias.
Farmacia/venta minorista
Las farmacias generales venden medicamentos al público al por menor, mientras que las farmacias cerradas solo los dispensan dentro de centros sanitarios; ambas requieren una autorización especial de SAM. Los medicamentos sujetos a prescripción solo pueden dispensarse contra una receta o una solicitud escrita de una institución autorizada por ley. Para abrir o trasladar una farmacia general, primero debe solicitarse una resolución sobre el emplazamiento; SAM emite la resolución sobre el emplazamiento en un plazo de cinco días laborables y, tras obtener una resolución favorable, la solicitud de autorización debe presentarse en un plazo de 60 días. Los medicamentos sujetos a control, la preparación de medicamentos en farmacia, la venta por sitios web de medicamentos sin receta, la venta de medicamentos veterinarios y la actividad las 24 horas deben identificarse como condiciones especiales en el anexo de la autorización.
— El responsable de una farmacia general es un farmacéutico que posee un certificado de cualificación profesional farmacéutica; el personal de farmacia también debe completar el registro personal correspondiente.
Venta al por mayor de medicamentos
Los mayoristas locales solicitan a SAM una licencia de distribución mayorista, declaran los lugares de almacenamiento, distribución y control, y demuestran que las instalaciones, los equipos, el personal, la documentación y el responsable de GDP cumplen los requisitos. SAM realiza una evaluación de cumplimiento in situ dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud. GDP exige un sistema de calidad documentado, una persona responsable designada, formación, instalaciones adecuadas y seguras, control de temperatura y segregación, aprobación de proveedores/clientes y procedimientos de retirada. Las empresas que ya posean una licencia nacional de distribución mayorista o fabricación de la UE/EEE y deseen iniciar actividades mayoristas en Letonia deben presentar a SAM la licencia, las traducciones, los datos de la sucursal y del responsable de GDP, así como la información sobre retiradas, y esperar una decisión favorable antes de comenzar.
— La licencia de distribución mayorista no ampara automáticamente la fabricación, el reenvasado/reetiquetado ni la importación desde terceros países.
- SAM: instrucciones para solicitar la autorización de un nuevo mayorista de medicamentos
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410: solicitud de distribución mayorista, evaluación in situ y condiciones especiales
- Diario Oficial de la Unión Europea: Directrices sobre prácticas correctas de distribución (GDP) de medicamentos de uso humano
- SAM: vía de reconocimiento y notificación de licencias de la UE/EEE
Fabricación de medicamentos
La fabricación total o parcial, la fabricación de medicamentos en investigación y la importación de medicamentos terminados procedentes de fuera de la UE/EEE requieren una licencia de fabricación o importación de SAM; también se necesita una licencia de fabricación aunque la producción se destine exclusivamente a la exportación. La solicitud debe especificar los productos, las formas farmacéuticas/categorías, las operaciones, los lugares de fabricación y control de calidad, las instalaciones, los equipos, el personal y el personal cualificado disponible de forma permanente. SAM realiza una evaluación de cumplimiento dentro de los 60 días siguientes a la recepción de la solicitud. La fabricación, el control y la importación están sujetos a las GMP, que abarcan el sistema de calidad, el personal, las instalaciones y los equipos, la documentación, la producción, el control de calidad, las actividades subcontratadas, las retiradas y las autoinspecciones.
— Los productos comprendidos en el alcance de la licencia pueden distribuirse al por mayor; no se pueden realizar automáticamente actividades respecto de productos, formas farmacéuticas, lugares u operaciones que no estén especificados.
- Ley de Farmacia de Letonia: fabricación, importación, operaciones parciales y personal responsable
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410: documentación de fabricación/importación, evaluación y responsabilidades posteriores
- Comisión Europea: documentación oficial de las GMP de medicamentos en el volumen 4 de EudraLex
Profesionales
Las farmacias generales están dirigidas por una persona que posee un certificado de cualificación profesional de farmacéutico. Los farmacéuticos y asistentes de farmacéutico que trabajan en farmacias deben inscribirse en la Asociación de Farmacéuticos de Letonia y participar en formación continua reconocida. Los cambios en los datos de inscripción deben notificarse dentro de los 15 días laborables siguientes; una vez recibida la documentación completa, la Asociación debe decidir en un plazo máximo de 30 días. Quienes hayan obtenido el reconocimiento de una titulación de fuera de la UE/EEE deben trabajar bajo la supervisión de un farmacéutico durante al menos un año antes de ejercer de forma independiente en una farmacia. La distribución mayorista requiere un responsable de GDP; la fabricación/importación exige disponer permanentemente de al menos una persona cualificada. La inscripción individual no sustituye a la licencia de empresa.
— Los cambios de personal clave pueden exigir simultáneamente la actualización de la documentación de la licencia de empresa o una nueva inscripción.
- Ley de Farmacia de Letonia: responsables de farmacia, inscripción de farmacéuticos y responsables de fabricación/distribución mayorista
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 454: procedimiento de inscripción de farmacéuticos y asistentes de farmacéutico
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410: datos del personal y de las personas responsables en las solicitudes de licencia
Locales e instalaciones
La licencia solo es válida para las direcciones y los locales farmacéuticos indicados en la solicitud. Las farmacias deben contar con instalaciones, equipos, personal y documentación adecuados. Las farmacias generales también deben cumplir las normas sobre puesta en servicio de edificios públicos y acceso sin barreras para los clientes. Conforme a las GDP, los locales mayoristas deben ser adecuados, seguros, limpios y secos, tener la temperatura controlada y permitir la segregación. Las instalaciones de fabricación, los equipos técnicos y la capacidad de control de calidad se evalúan conforme a las GMP y a las actividades previstas. La normativa no establece umbrales uniformes de superficie, capital o modelos de equipos que puedan aplicarse de manera general.
— Las farmacias deben conservar in situ los planos y los procedimientos de trabajo internos; la descripción de las instalaciones de fabricación debe actualizarse conforme a las actividades reales.
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410: limitación por ubicación, instalaciones de farmacia y obligaciones relativas a los locales del titular
- Diario Oficial de la Unión Europea: requisitos de las GDP para locales y equipos
- Comisión Europea: capítulos de EudraLex, volumen 4, sobre instalaciones, equipos y documentación GMP
Documentación y procedimiento
Las solicitudes y los documentos justificativos exigidos para la fabricación/importación, la distribución mayorista y las farmacias se presentan a SAM. SAM las examina por orden de recepción y verifica la integridad de la documentación dentro de los cinco días laborables; si falta documentación, solicitará que se complete. La documentación para la distribución mayorista se centra en la ubicación, los planos/el derecho de uso, los equipos, el nombramiento del personal y las disposiciones de GDP. Para la fabricación/importación también se requiere una descripción de las instalaciones de fabricación, información sobre productos/operaciones y lugares de control de calidad, así como los datos del personal cualificado. Para abrir o trasladar una farmacia general, primero se obtiene una decisión sobre la ubicación y después se presenta la documentación de la licencia.
— Compruebe cada anexo de la solicitud para garantizar la coherencia entre «actividad—producto—ubicación—personal—sistema de calidad».
Tasas, plazos y vigencia
Las tasas estatales previstas en el Reglamento n.º 410 son: €284.57 para una farmacia general urbana, €42.69 para una farmacia general fuera de una ciudad, €426.86 para la distribución mayorista, €711.44 para la fabricación de medicamentos/API y €284.57 para la importación de medicamentos; la nueva inscripción cuesta el 10% de la tasa estatal correspondiente. También deben pagarse las tarifas de SAM por servicios de pago, como el examen de la documentación y las evaluaciones de cumplimiento, de acuerdo con su lista de precios. La decisión sobre las licencias de fabricación/importación y distribución mayorista debe emitirse en un plazo máximo de 90 días; la nueva inscripción de fabricación/importación se resuelve normalmente en un máximo de 30 días y, excepcionalmente, puede tardar hasta 90 días. Los plazos legales se suspenden mientras se completa la documentación. Las licencias ordinarias no tienen una duración fija, pero las farmacias especiales atendidas por asistentes de farmacéutico tienen una duración de cinco años.
— La decisión sobre la ubicación de una farmacia se emite en cinco días laborables; esta guía no la presenta como un plazo fijo para la concesión de la licencia completa de farmacia.
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410: tasas estatales de licencia, porcentaje de nueva inscripción y licencias de duración indefinida
- Ley de Farmacia de Letonia: plazos de decisión para fabricación/importación y distribución mayorista, y suspensión por documentación pendiente
- SAM: información sobre el procedimiento de reconocimiento de licencias de la UE/EEE
Operaciones, renovaciones y GMP/GDP
Los titulares deben operar dentro del alcance de la licencia y sus anexos, en las instalaciones aprobadas y conforme a las normas legales de calidad, conservar registros de recepción y suministro de medicamentos/sustancias controladas y someterse a inspecciones. Tras iniciar actividades o después de una nueva inscripción importante cuando así se exija, las empresas de fabricación/importación y los mayoristas deben someterse a la evaluación de cumplimiento GMP/GDP correspondiente dentro de un plazo de tres a seis meses; las farmacias y los mayoristas se someten a una reevaluación al menos cada tres años. Si se detectan deficiencias graves, el solicitante de fabricación/importación debe presentar un plan de medidas correctivas dentro de los 10 días siguientes a la recepción del informe; el incumplimiento continuado puede dar lugar a la suspensión o revocación.
— Que la licencia no tenga una duración fija no exime de las obligaciones de inspección, mantenimiento de registros, sistema de calidad y gestión de cambios.
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410: obligaciones continuas del titular, frecuencia de las inspecciones y medidas de supervisión
- Diario Oficial de la Unión Europea: sistema de calidad, personal, instalaciones y retiradas conforme a las GDP
- Comisión Europea: requisitos GMP del volumen 4 de EudraLex
Operaciones de capital, cambios y transferencias
No se puede dar por sentado que los cambios en los datos de la licencia o sus anexos se actualicen automáticamente al inscribir cambios en la empresa. Las modificaciones menores o temporales enumeradas en el Reglamento suelen requerir la presentación de documentación complementaria dentro de los 10 días laborables; para otros cambios, en particular los relativos al responsable de farmacia, al responsable de GDP o al personal cualificado, debe solicitarse una nueva inscripción dentro de los cinco días laborables siguientes al cambio. Los nuevos lugares, las nuevas categorías/formas farmacéuticas, los cambios de fabricante contractual o de responsable del control de calidad, y los cambios importantes en instalaciones, equipos, personal o documentación requieren una nueva inscripción y una evaluación de cumplimiento. La información verificada actualmente no establece una regla general según la cual «la venta de participaciones transfiere automáticamente la licencia».
— Las operaciones de farmacias generales también deben seguir cumpliendo las condiciones de participación accionarial de farmacéuticos o de un consejo de administración integrado por farmacéuticos certificados.
Registro de productos y licencias transfronterizas
La autorización para operar una empresa no equivale a la autorización de comercialización de un producto. En principio, para comercializar o distribuir un medicamento, este debe estar registrado en Letonia e incluido en el Registro Estatal de Medicamentos, o autorizado mediante el procedimiento centralizado de la UE; por regla general, los medicamentos no registrados requieren además una autorización de SAM. La importación de medicamentos terminados procedentes de fuera de la UE/EEE sigue una vía independiente de autorización de fabricación/importación. Cada importación o exportación de estupefacientes o psicotrópicos incluidos en las listas II y III de Letonia requiere autorización de SAM; la exportación también debe ir acompañada de la autorización del país importador cuando así lo exija su legislación.
— Las autorizaciones de empresa, las autorizaciones de producto, los acuerdos de importación de terceros países, las autorizaciones para sustancias controladas y el registro individual de farmacéuticos deben verificarse por separado.
- Ley de Farmacia de Letonia: registro de productos, medicamentos no registrados, importación y distribución transfronteriza
- SAM: información sobre el Registro de Medicamentos de Letonia
- SAM: autorizaciones de importación y exportación de estupefacientes y psicotrópicos
- SAM: vía de distribución mayorista en Letonia para empresas autorizadas en la UE/EEE
Índice de fuentes de este país/región
A continuación se indican las fuentes públicas utilizadas en el conjunto de esta página; las referencias de cada sección se sitúan preferentemente junto al contenido correspondiente. Los documentos externos pueden actualizarse, retirarse o estar sujetos a requisitos específicos de cada región; consulte la versión vigente de la autoridad competente.
- Texto vigente de la Ley de Farmacia de Letonia (Likumi.lv)
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 410, Reglamento sobre la concesión de licencias para actividades farmacéuticas
- Reglamento del Consejo de Ministros n.º 454, Procedimiento de registro de farmacéuticos y asistentes de farmacia
- SAM: nueva farmacia
- SAM: nuevo mayorista de medicamentos
- SAM: reconocimiento de autorizaciones de la UE/EEE
- SAM: autorizaciones de importación y exportación de estupefacientes y psicotrópicos
- SAM: Registro de Medicamentos de Letonia
- SAM: información sobre el registro público de empresas de actividades farmacéuticas
- Diario Oficial de la Unión Europea: directrices de GDP para medicamentos de uso humano
- Comisión Europea: EudraLex, volumen 4, GMP
- SAM: Departamento de concesión de licencias para actividades farmacéuticas
